Por su origen, la palabra Ombudsman se empleo en suecia en 1809 u se aplico para defineir el funcionario investigador de las quejas del publico en contra de la burocracia gubernamental.E n suecia se consolido y de hai se tranlado a otras ciudades del mundo. El primer Ombudsman fue el baron L.A. mannerherim.
Caracteristicas del Ombedsman:
Su remineracion conforme a la nomina del gobierno federal y en base al presupuesto aprobado por el congreso de la union su salario sera equiparable a la del presidente de la suprema corte de justicia.
- el Ombudsman tendra inmunidad como lo establece la Contitucion De Los miembros Del Congreso.
-Debe ser independiente, autonomo, inparcial, onorable, y de conducta integra.
El Ombudsman en mexico:
En nuestro pais, la institucion del Ombudsman se intensifica atravez de los numerosos estudios doctirnales y algunos proyectos lejislativos. Figuras similares an sido la procuraduria del consumidor y en algunos casos el ministerio publico. L a ley le otroga autonomia funcionla y atribuciones para dictar y proponer soluciones.
La defensoria de los derechos humanos se origina como pryecto lejislativo por el rectos. Carpizo en mayo de 1985 en colima en 1984 se incorporo la ley organica Fernandez y el corespondien te en moreloz en Francisco L oranato Rodrigez.
El onbusdman lo elige al nombre del parlamento, un grupo de 48 electores que ha su vez han sido elegidos entre los miembros de las dos camaras 24 de cada una
Principales Funciones
- promober y difundir los derechos humanos en la sociedad morelense.
- Sugerir modificaciones hal sistema juridico, estatal y de practicas administrativas para evitar bilaciones ha los derechos humanos.
- Conocer de oficio y reecibir las quejas de supuestas biolaciones a los derechos humanos por actos u omiciones de servidores publicos estatales y municipales
- Superbisar el respeto a los derechos humanos en las dependencias para la atencion de personas, custodia o readaptacion social ubicada en la entidad .
- Cabe hacer mencion que las quejas y denuncias, las resoluciones y recomendaciones formiladas por la CEDH no afectan el ejercicio de otros derechos y medidas de defensa que puedan coresponder ha los afectados conforme ha las leyes; por lo tanto, no suspenden ni interumpen sus plasos precursivos.
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